MP-Tracker: rastreador de personas extraviadas o desaparecidas

Tecnología de inteligencia previa a la búsqueda. Clasifica la denuncia por presunta desgracia con el modelo NASH-E/S, ordena las hipótesis y entrega las zonas probables de búsqueda antes de mover un solo recurso al terreno.

Instituto Delitológico de Ciencias Forenses y Periciales · IDEF LLC · metodología de Cristián Araos Díaz

La plataforma está en línea

Beta pública abierta · el ingreso para familias es gratuito y el análisis es automático e inmediato

Desde el 30 de agosto de 2026 MP-Tracker opera como versión beta abierta al público en mpt.idef.institute. Una persona mayor de dieciocho años, identificada, abre directamente el caso de una persona desaparecida y recibe en el acto el análisis automático: sin espera, sin revisión previa y sin costo.

Durante la beta el servicio es gratuito para las familias: a una familia con un caso activo no se le pide dinero en ninguna pantalla del expediente.

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Términos y Condiciones y Política de Privacidad en su versión 2.3, publicadas el 6 de septiembre de 2026. La demostración utiliza datos simulados y no corresponde a ningún caso real.

Qué es MP-Tracker

MP-Tracker es un sistema de inteligencia previa a la búsqueda: recibe los antecedentes de una desaparición, clasifica la modalidad de presunta desgracia, ordena las hipótesis de investigación y señala dónde y cómo conviene buscar primero. No sustituye la denuncia ni la investigación oficial; se aplica antes y durante ellas, y deja por escrito el fundamento de cada decisión.

La mayor parte de las denuncias por presunta desgracia se trabaja sin una clasificación previa. Sin ella, todas las desapariciones reciben el mismo tratamiento, los recursos se dispersan y la ventana crítica se consume en diligencias que la evidencia no sostenía. MP-Tracker existe para que esa clasificación ocurra al principio, con criterios explícitos y revisables, y no al final.

El sistema fue creado desde cero por el Departamento de I+D+I del IDEF y es aplicable en cualquier jurisdicción: en denuncias recientes, en investigaciones en curso, y de forma retrospectiva en causas archivadas o sin resolver, con independencia del tiempo transcurrido.

El modelo Epanálipsi: la base metodológica

MP-Tracker se funda en el Modelo de Repetición de la Realidad o Epanálipsi (Araos Díaz, 2016), una metodología criminalística original de reconstrucción retrospectiva. Del griego ἐπανάληψις, «repetición»: el modelo reproduce un hecho pasado mediante la medición sistemática de variables conductuales y contextuales, en lugar de inferirlo por vía deductiva o inductiva.

Principio rector — «ADN conductual». Toda conducta deja un rastro medible. Cuando el tiempo y el espacio se repiten, la conducta tiende a repetirse. Epanálipsi cuantifica esas repeticiones, compara el caso con los patrones registrados y prioriza hipótesis con focos de búsqueda operativos.

El valor práctico del modelo es que produce medidas replicables: dos peritos formados en el mismo procedimiento, con los mismos antecedentes, llegan al mismo resultado, y cada paso queda trazado y puede ser controlado judicialmente. Esa trazabilidad es lo que permite construir sobre él software auditable.

Ventanas de medición

  • Tiempo y espacio: cuándo y dónde; radios, rutas y franjas horarias.
  • Contexto: entorno geográfico, social, situacional y psicológico.
  • Personas: víctima e intervinientes; rasgos, rutinas, capacidades y modo de operar.
  • Interacciones: copresencias, proximidad espacio-temporal, huellas digitales.

Clasificación de modalidades: modelo NASH-E/S

El protocolo utiliza el modelo NASH-E/S (Araos Díaz, 2017), que ordena las causas de una desaparición en cinco modalidades. La clasificación es una hipótesis de trabajo sujeta a revisión humana competente: no constituye imputación ni hecho probado.

Causas naturales (N)

Desapariciones vinculadas a condiciones médicas, enfermedad o muerte por causa natural.

Accidentes (A)

Eventos accidentales que derivan en la desaparición de la persona.

Comportamiento suicida (S)

Desapariciones asociadas a la presencia de un estado presuicida, declarado y no inferido.

Intervención de terceros (H)

La desaparición se explica por la acción de otras personas. El sistema declara la modalidad; no atribuye por sí mismo una figura penal determinada.

Evasión o simulación (E/S)

Desaparición voluntaria, alejamiento deliberado o simulación de extravío.

Precisión metodológica. La modalidad se declara como hipótesis revisable y no como hecho probado; no sustituye ni posterga la denuncia ante la autoridad; y sus efectos jurídicos dependen de la legislación de cada jurisdicción. Las personas mencionadas en un caso se tratan como personas de interés: la calificación de sospechoso o imputado corresponde al Ministerio Público, no a este sistema.

Cómo funciona: del relato de la familia al informe

Las cuatro fases del protocolo

Fase 1 · Motivación de destino. Punto de partida —última ubicación conocida— y análisis de hacia dónde y por qué se dirigía la persona. Establece las hipótesis preliminares.

Fase 2 · Rutina conductual. Contraste entre el comportamiento habitual y lo ocurrido el día del extravío. Se mapean lugares y trayectos habituales y se identifican rupturas y anomalías.

Fase 3 · Evaluación retrospectiva. Antecedentes médicos, psicológicos y sociales; estado emocional; conflictos que hayan podido operar como catalizadores.

Fase 4 · Clasificación NASH-E/S. Con la evidencia recogida se determina la modalidad primaria y la secundaria, y se ordena qué debe investigarse primero.

Qué entrega el sistema, y cuándo

El protocolo es un cuestionario estandarizado que responde la familia o el especialista: las preguntas son los criterios de la escala, de modo que la clasificación emerge del propio acto de declarar. Al terminar el ingreso el sistema entrega el resultado en el acto, sin espera y sin revisión previa. El tiempo total depende de cuánto tarde quien responde; en promedio, entre quince y veinticinco minutos.

Cada caso produce:

  • La modalidad de presunta desgracia con su hipótesis primaria y su hipótesis alternativa, que no se descarta: se ordena en segundo lugar.
  • Zonas probables de búsqueda y perfil geográfico: punto de salida, motivación de destino, último lugar conocido y anillos de búsqueda acotados por la edad.
  • El mapa mental de la persona extraviada: rutina trazable y puntos de interés, preguntados con el vocabulario que corresponde a su etapa vital.
  • El orden del análisis de personas de interés, sin suspender por ello la búsqueda territorial.
  • Alertas de relevancia penal, con prioridad máxima cuando la persona desaparecida es menor de edad.
  • La ficha de difusión con fotografías, cuando quien abre el caso autoriza expresamente su difusión pública, y el informe Express descargable.

Herramientas del módulo geográfico. El mapa se dibuja sobre cartografía de OpenStreetMap; la búsqueda de una dirección escrita en palabras se consulta a Nominatim sólo cuando la persona pulsa «Ubicar en el mapa», y en cualquier país. Lo que la familia escribe manda sobre el nombre que devuelve el servicio: un lugar señalado en palabras queda registrado como referencia de búsqueda aunque nunca llegue a situarse en el mapa.

Los resultados de un caso los recalcula y sella el servidor con el mismo motor que usa la pantalla, y el informe deja constancia de la hora del sello: lo que queda en el expediente no depende del navegador de quien lo escribió.

La denuncia oficial: presentada o en preparación

Al abrir un caso, quien lo hace declara una de dos situaciones: que ya presentó la denuncia oficial —indicando institución, referencia y fecha—, o que aún no la presenta y la está preparando. El sistema registra exactamente esa declaración, no exige que la denuncia exista para analizar, y el informe que entrega sirve precisamente para organizarla. Es el orden natural del instrumento: inteligencia previa a la búsqueda, apoyo previo a la denuncia formal.

Quién puede usarlo

Familia. Abre el caso, responde el protocolo y recibe el análisis, la orientación de búsqueda y su informe. Gratuito durante la beta.

Investigador. Perito o funcionario designado sobre un caso concreto. Accede al registro pericial, al control de veracidad y a las herramientas de corroboración. Ve únicamente los casos en los que ha sido designado.

Autoridad. No investiga ni crea casos: designa investigador, habilita el expediente y aplica la lógica del sistema sobre el conjunto.

Los roles profesionales se habilitan por invitación y verificación, nunca por autoasignación, y exigen verificación en dos pasos para operar.

Identificación universal

El sistema es de aplicación global y su identificación también: en Chile se individualiza con el RUT; fuera de Chile, con el documento de identidad o el pasaporte y el país que lo emite. Los avisos de emergencia se ajustan al país del hecho.

La tabla universal de probabilidades

La probabilidad de localización desciende con rapidez en las primeras horas. La tabla ordena esa caída y sitúa el caso según el tiempo transcurrido desde la última vez que la persona fue vista. Mide localización, no supervivencia, y su fuente está publicada: probabilidades de encontrar extraviados según el paso del tiempo.

Cómo leerla. Cada fila muestra tres valores: la probabilidad de localización dentro de ese tramo, la probabilidad acumulada hasta ese momento y la probabilidad que aún queda por delante.

Tiempo transcurrido En las próximas 6 horas Acumulada Remanente
0-6 horas 53,8 % 53,8 % 46,2 %
6-12 horas 26,6 % 66,1 % 33,9 %
12-18 horas 18,5 % 72,0 % 28,0 %
18-24 horas 14,5 % 78,0 % 22,0 %
24-30 horas 12,1 % 82,1 % 17,9 %
30-36 horas 10,4 % 85,3 % 14,7 %
36-42 horas 9,2 % 87,8 % 12,2 %
42-48 horas 8,2 % 88,0 % 12,0 %
48-72 horas 5,8-7,4 % 92,4 % 7,6 %
3-7 días 4,6-6,5 % 98,0 % 2,0 %
7-14 días 3,1-4,6 % 99,6 % 0,4 %
14-30 días 1,5-3,1 % 99,96 % 0,04 %
Más de 30 días <1 % >99,99 % <0,01 %

La urgencia de rescate desciende con el paso de las horas; la prioridad investigativa, no. Cuando el tiempo avanza, cambia el método de búsqueda, no la obligación de buscar. Por eso el sistema se aplica igualmente a causas archivadas o antiguas.

Respaldo documental verificable

La relación de MP-Tracker con el marco oficial chileno no es una coincidencia metodológica: consta en documentos públicos que cualquiera puede comprobar.

Ministerio Público de Chile

El Protocolo de Actuación en Materia de Presuntas Desgracias incorpora el método N.A.S.H.E. en su página 9, desarrolla la clasificación en las páginas 47 a 49 y señala expresamente su fuente en la nota de su anexo:

«Adaptado de MP – Tracker (Rastreador de personas desaparecidas). IDEF. Instituto Delitológico de Ciencias Forenses y Periciales»
— Nota 10 del Anexo «Clasificación del tipo de desaparición»

Verifíquelo en el documento oficial (PDF) →

Ley N.º 21.500 · Cámara de Diputadas y Diputados de Chile

Durante la tramitación del proyecto sobre extravío de personas (boletín N.º 12.392-25), que dio origen a la Ley N.º 21.500 —que crea el Sistema Interconectado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas—, la Comisión de Seguridad Ciudadana convocó oficialmente al creador de la metodología para exponer su opinión. El Oficio N.º 271 (2020) lo individualiza como «creador del Protocolo de Búsqueda MP-Tracker y software del mismo nombre», y la metodología fue expuesta ante dicha Comisión.

Documento oficial de la Cámara (PDF) →

Presentaciones internacionales

Bogotá, 1 y 2 de octubre de 2015. MP-Tracker fue presentado en el Primer Encuentro Internacional de Perfilación Criminal, organizado por la Policía Nacional de Colombia, su Dirección de Investigación Criminal, INTERPOL y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). Su creador recibió allí la Medalla de Honor DIJIN-INTERPOL.

Universidad de Guadalajara, México, 2017. Presentación pública del protocolo, con cobertura de prensa.

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Exposición de los algoritmos lógicos y metodológicos del sistema aplicados a la generación temprana de hipótesis conductuales.

Cobertura de Milenio (Guadalajara, 2017) →

Validación metodológica

Criterio interjueces. MP-Tracker ha sido presentado y aplicado en tiempo real en congresos y jornadas internacionales, ante audiencias compuestas por policías, abogados, criminalistas, psicólogos, sociólogos y funcionarios de Estado, sin que sus resultados recibieran objeciones técnicas en esas instancias.

Replicabilidad. El protocolo integra criterios estandarizados, una escala probabilística explícita y consolidación de hipótesis sobre evidencia verificable. Distintos peritos capacitados que sigan el mismo procedimiento obtienen resultados equivalentes; el sistema deja registrada la cobertura de lo indagado y advierte cuando una modalidad quedó sin explorar.

Control de sesgos. Las preguntas del protocolo son los criterios de la escala, de modo que el resultado no depende del juicio del evaluador sobre el caso. Los criterios se aplican en el mismo orden en todos los casos y las exclusiones operan antes del puntaje.

Triangulación y revisión cruzada. El protocolo exige contrastar la información desde múltiples fuentes —testimoniales, documentales, forenses y tecnológicas— y someter a revisión las discrepancias.

Cobertura de contenido. La escala cubre íntegramente las cinco modalidades del modelo NASH-E/S, con coherencia interna entre variables y categorías, y un umbral de alerta único, idéntico para todas las edades: la minoría de edad eleva la prioridad y el deber de actuar, nunca rebaja la exigencia de evidencia.

Las aplicaciones a casos con resultado conocido, las pruebas experimentales de control de sesgos y los indicadores de eficacia forman parte del expediente metodológico del instituto y se ponen a disposición, con su documentación, ante requerimiento fundado de una institución, un tribunal o un revisor académico. No se publican aquí como cifra suelta.

Aplicaciones referidas

Aplicaciones y demostraciones referidas por el instituto. Salvo la presentación de Guadalajara, con cobertura de prensa, no constituyen antecedentes judicialmente acreditados y se exponen como ejemplo del método, no como estadística.

Guadalajara, México (2017) — demostración pública sobre el caso Ayotzinapa. En una demostración abierta en la Universidad de Guadalajara, el sistema clasificó el caso como intervención de terceros y señaló los focos de búsqueda y los tipos de intervinientes, en el tiempo que dura la aplicación del protocolo.

Chile (2018) — persona mayor desaparecida. El sistema indicó la modalidad accidental y acotó rutas específicas de búsqueda. La persona fue encontrada con vida, accidentada, dentro de las primeras cuarenta y ocho horas, en la ruta señalada.

Chile (2022) — joven extraviado. Modalidad indicada: evasión. El joven fue localizado sano y salvo por su familia dentro de las primeras cuarenta y ocho horas, en la ruta señalada por el sistema.

Modalidades de uso

Ex post facto

Aplicable inmediatamente después de la desaparición, individual o grupal.

Atemporal

Aplicable a causas archivadas o sin resolver, sin importar el tiempo transcurrido.

Individual

Para el reporte de una persona desaparecida determinada.

Grupal

Aplicable a desapariciones de varias personas en un mismo hecho.

Masiva

Procesamiento de múltiples causas de forma simultánea.

Pericial

Aplicaciones sucesivas sobre un mismo caso para contrastar y controlar sesgos.

Adaptación por etapa vital

Las preguntas del mapa mental, el vocabulario del protocolo y los radios de búsqueda se ajustan a la etapa vital de la persona desaparecida. El umbral de la alerta penal, en cambio, es único para todas las edades: rebajarlo para un niño significaría afirmar más con menos evidencia. Lo que la minoría de edad eleva es la prioridad y el deber de actuar.

  • Bebés y niños. Casa —y la segunda casa, si los padres viven separados—, familiares y adultos de confianza, colegio o jardín, compañeros, talleres, lugares que le atraen o le han sido prohibidos, trayecto casa-colegio y lugares peligrosos cercanos. Los radios de desplazamiento autónomo se acotan a la edad.
  • Adolescentes. Se añaden pareja, ex parejas, grupos de pertenencia y contactos por internet que la familia conozca, además de las señales previas de riesgo.
  • Adultos. Rutinas laborales y sociales, vínculos, motivos de ausencia voluntaria o involuntaria, factores económicos y relacionales.
  • Personas mayores. Cuidadores, lugares a los que acude por su cuenta y lugares de su pasado a los que pudiera intentar volver; desorientación y condiciones de salud como factores de búsqueda.

Datos personales y seguridad

Un caso de desaparición contiene datos personales sensibles de personas reales. MP-Tracker se rige por sus Términos y Condiciones y su Política de Privacidad, ambos en versión 2.3 publicada el 6 de septiembre de 2026, con el régimen de la Ley N.º 19.628 hasta el 30 de noviembre de 2026 y el de la Ley N.º 21.719 desde el 1 de diciembre de 2026.

En términos operativos:

  • Cada persona ve únicamente lo que le corresponde: la familia, su caso; el investigador, sólo aquel en que ha sido designado.
  • Fotografías y vídeos se guardan en almacenamiento privado y se sirven mediante enlaces firmados de vigencia breve.
  • Los roles profesionales exigen verificación en dos pasos; las cuentas se confirman por correo antes de operar.
  • Las aceptaciones de términos quedan registradas con la versión exacta del texto que la persona leyó.
  • La difusión pública de una ficha requiere autorización expresa de quien abre el caso.

Formación y servicios

Diplomado Internacional en Investigación y Búsqueda de Personas Extraviadas →

150 horas, 100 % online, con mención en metodología MP-Tracker™ y modalidades de presunta desgracia.

Certificación Perito MP-Tracker →

Especialización en peritaje forense de personas desaparecidas.

Certificación Alta Dirección Pública →

Programa para la gestión gubernamental de casos de extravío.

Pericia remota para familias →

Análisis pericial del caso a distancia, con informe.

Pericia remota gubernamental →

Para fiscalías, policías e instituciones públicas.

Cómo investigar a un desaparecido →

Guía práctica de primeros pasos para familias y equipos de búsqueda.

Propiedad intelectual

El paradigma y toda la nomenclatura asociada a MP-Tracker™ constituyen una obra original protegida por derechos de autor y propiedad intelectual. Ninguna entidad gubernamental, no gubernamental o empresa puede hacer referencia a esta metodología científica sin autorización expresa del Instituto Delitológico de Ciencias Forenses y Periciales. Denuncias por uso no autorizado: info@idef.institute.

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Web: idef.institute

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Página actualizada el 7 de septiembre de 2026, conforme al estado operativo de la plataforma en esa fecha.